ALAMES

Asociación Latinoamericana de Medicina Social

mmmmm

 

Legislar para el negocio. Ahora los "planes voluntarios de salud"

Mauricio Torres-Tovar, Edición 164 Desde abajo

 

Con el mensaje de urgencia para los proyectos de reforma en salud dado al comienzo de esta legislatura por parte del gobierno de Santos, nos encontramos ad portas de un conjunto de reformas, con la seguridad de que serán aprobadas antes de concluir este año.

Esto se da en un marco de desaprobación de sectores sociales y gremiales por el carácter de las reformas, y además en un ambiente de desprestigio del Congreso por las denuncias en torno a las relaciones estrechas entre parlamentarios que impulsan estas reformas con las EPS, instituciones que saldrán más beneficiadas de tales cambios.

Como se presentó en la edición de desde abajo de octubre de este año*, hay un conjunto de iniciativas de orden constitucional, estatutario y ordinaria que impactarán sobre la política de salud, profundizando el enfoque de mercado, marginando aún más la posibilidad de una real garantía del derecho a la salud en el país, en contravía del clamor y las aspiraciones de la sociedad colombiana expresada a través de la gran movilización social de comienzos de 2010 contra de emergencia social en salud.

Reforma a la Ley 100: otro retoque

Igual que la experiencia de reforma a la Ley 100 que se tuvo en 2007, se presentó un número importante de proyectos de ley que en su mayoría apuntan a un conjunto de ajuste de esta ley y no a configurar realmente un nuevo sistema de salud por fuera del marco del aseguramiento individual a la enfermedad.

En estos momentos ya hay un proyecto que acumuló los Proyectos de Ley 01, 95, 143, 147, 160, 161 y 182 de 2010-Senado y los Proyectos 035, 087, 106, 111 y 126 de 2010-Cámara, “por medio del cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”.

Lo que resta en términos de la mecánica parlamentaria es la discusión en plenaria del Senado y Cámara de este proyecto de ley acumulado, que consta de 145 artículos.


El proyecto hace énfasis en la estabilidad financiera del sistema de salud, marcando los temas de financiación. Define, entre otros asuntos, que un cuarto (0,25 por ciento) de punto de la contribución parafiscal al pago de salarios a favor de las Cajas de Compensación se destinará a financiar el régimen subsidiado, con lo cual se da un paso que se pensaba varios años atrás, reduciendo aún más los recursos de los programas sociales para los afiliados y sus familias que desarrollan las Cajas.

El proyecto deja claro que hay un paquete de servicios de salud (POS), que es lo que recibirán los usuarios. El proyecto plantea que el POS deberá ser actualizado cada dos años, que la igualación entre POS contributivo y POS subsidiado se realizará gradualmente, y no como lo exige la Sentencia T-760 de 2008, de la Corte Constitucional.

Incorpora la estrategia de atención primaria en salud (APS), entendiéndola como el primer nivel de atención, que conlleva acciones preventivas, individuales y colectivas, ofrecidas por las EPS. Esto instrumentaliza y subordina la APS a la lógica del mercado, quitándole su potencia poblacional/territorial y su capacidad para afectar los determinantes de la salud y ser puerta de entrada al sistema de salud, rompiendo barreras que impiden la garantía del derecho a la salud.

Igualmente, incorpora el concepto de portabilidad nacional, lo que implica que las EPS deberán garantizar el acceso a los servicios de salud a los usuarios en cualquier parte del territorio nacional, asunto que desde hace muchos años ha sido demandado por la ciudadanía, en especial por la población en condiciones de desplazamiento.

El proyecto autoriza los “planes voluntarios de salud”, que podrán incluir coberturas asistenciales o económicas que se relacionan con los servicios de salud. El proyecto deja explícito que el gobierno nacional estimulará la creación, el diseño, la autorización y la operación de planes voluntarios y seguros de salud individuales y colectivos que ofrezcan beneficios no incluidos en el POS.

Sin lugar a dudas, acá está la almendra de la reforma, por cuanto se avanza en establecer un POS limitado para eludir el cubrimiento de los eventos NO POS, quedando por tanto un montón de aspectos de medicina, odontología, terapias, medicamentos y procedimientos por fuera, para que sean adquiridos por nuevos paquetes de seguros. Es decir, como a las EPS no les ha bastado con enriquecerse mediante el negocio del POS, ahora lo amplían por la vía de lo que llaman eufemísticamente “planes voluntarios de salud”, ¡claro! todo a expensas de una falta de garantía del derecho a la salud de la población.

Y para ajustar el proyecto de reforma, se reduce aún más la participación de los usuarios en los aspectos de intervención en las decisiones del Sistema General de Seguridad Social en Salud, como, por ejemplo, limitándola a un representante de los usuarios en las juntas directivas de las ESE, o sacándola de los comités técnico-científicos de las EPS.

 

Otras dos iniciativas: completar el círculo de la ganancia

Otros dos aspectos de las iniciativas que se mueven paralelamente en el Congreso para su aprobación son: un proyecto de acto legislativo que busca modificar la Constitución Política para establecer el derecho a la sostenibilidad fiscal y un proyecto de ley estatutaria en salud.

Con estas dos iniciativas, se logra cerrar el círculo de iniciativas en el camino que quieren los negociantes de la salud: una reforma fiscal que subordina la garantía de los derechos sociales a la estabilidad fiscal, con lo cual quiebran la acción de tutela y las decisiones de la Corte Constitucional en materia de garantía del derecho a la salud. Por el lado de la ley estatutaria en salud, establecen que el derecho a la salud es igual sólo a POS.

Es decir, asimismo cierran el círculo al conseguir definir en un plano constitucional, estatutario y ordinario que el Sistema de Seguridad Social en Salud sólo garantice un POS muy limitado, que no es posible ir más allá de él por la vía de la tutela, bien porque la ley estatutaria define que el derecho a la salud es sólo POS, bien porque la estabilidad fiscal lo impide, y se cierra con el negocio de nuevos paquetes de aseguramiento. A la EPS que quiera más que le piquen caña.

Este panorama es desconcertante, en la medida en que el gobierno de Santos, con su fachada de algo nuevo, logra concretar las iniciativas de la emergencia social en salud contra las que se peleó ampliamente a comienzos de 2010, sólo que ahora lo hace en una mejor condición al instalarlas en un orden constitucional, estatutario y ordinario, favoreciendo los intereses de los actores que intervienen desde una perspectiva de lucro, en clara contravía de la garantía del derecho a la salud para la población colombiana.

En este contexto, el próximo período debe fortalecer los procesos de resistencia social en contra de este modelo privatizado de salud, bajo la idea de fortalecer las experiencias y las iniciativas de carácter alternativo que permitan acumular fuerzas necesarias para dar una próxima batalla contra los mercaderes de la salud en mejores condiciones. La situación de lucro con la salud, a expensas de la vida y el bienestar de la gente, no puede ser ni van a ser eterna.

Por Mauricio Torres-Tovar, M.D.
Miembro del Movimiento Nacional por la Salud y la Seguridad Social y de la Asociación Latinoamericana de Medicina Social - ALAMES

*    Re-emergencia social en salud. Desde abajo Nº 162, pp. 2, 3, 5, octubre de 2010.